Política de Igualdad Laboral para Poner Fin a la Discriminación

SOSTENIBILIDAD UTE

Antecedentes

La Constitución de la República del Ecuador (2008), dentro de los principios fundamentales de la democracia, consagra la equidad, igualdad y no discriminación como preceptos a los cuales debemos regirnos. La igualdad es un pilar fundamental; todas las personas tenemos los mismos derechos ante la ley y  contamos con igualdad de oportunidades para exigir y ejercer.

El estado garantiza la igualdad de todas las personas como se establece en el artículo 11 del numeral 2 del cuerpo normativo ibídem:

Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.

El artículo citado concuerda con lo que establece la Carta Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948. Recoge en su primer artículo que: “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Nuestra política institucional de no discriminación contempla además pautas del  Código del Trabajo, Código de Ética, Estatuto de la Universidad y Reglamento Interno de Trabajo.

Nuestro compromiso como universidad UTE

Fomentamos acciones que impulsan y fortalecen el respeto de las personas, que garantizan las mismas oportunidades en condiciones de igualdad de quienes laboran en nuestra institución. Para la ejecución de ésta Política, eliminamos cualquier forma de violencia, segregación o maltrato por cuestiones de apariencia física, cultura, discapacidad, idioma, sexo, edad, género, condición social, económica, de salud o jurídica, estado civil, religión, opiniones, origen étnico o nacional, preferencias sexuales o situación migratoria.

El ámbito de aplicación de la Política de Igualdad laboral es institucional y su cumplimiento es obligatorio para toda la comunidad universitaria. Si alguna persona se viere inmersa de manera directa o indirecta en un acto de discriminación, será sancionada conforme las normas legales correspondientes.

La Universidad UTE realizará actualizaciones de la política de acuerdo a la evolución de los proyectos o cuando lo considere conveniente (Última revisión noviembre 2020).

Objetivo al que aplica:

ODS 8 - Trabajo decente y crecimiento económico

ODS 10 - Reducción de las desigualdades